SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 04
MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 107
Créase en el Inciso 04 - "Ministerio del Interior", programa 460
"Prevención y Represión del Delito", de la unidad ejecutora 001
"Secretaría del Ministerio del Interior", el cargo de particular confianza
de Director de la Oficina Nacional de Violencia Doméstica y de Género.
Tendrá dependencia directa de la Dirección de la Policía Nacional y estará
comprendido en el literal D) del artículo 9° de la Ley N° 15.809, de 8 de
abril de 1986, modificativas y concordantes.(*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo:2 (vigencia).
Ver: Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 48 (suprime cargo: "Director de
la Oficina Nacional de Violencia Doméstica y de Género").