APROBACION DE LA LEY DE MINERIA DE GRAN PORTE




Promulgación: 11/09/2013
Publicación: 25/09/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 804

CAPÍTULO VII
DEL CANON Y LOS DERECHOS DE LOS SUPERFICIARIOS

Artículo 64

 (Criterio de valoración).- El valor de referencia para la aplicación de
los topes referidos en el artículo 61 de la presente ley, será determinado
anualmente en base a los criterios que establezca la reglamentación,
considerando las estadísticas oficiales disponibles de precios de
arrendamientos, de acuerdo a los indicadores elaborados por el Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca.
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