APROBACION DE LA LEY DE MINERIA DE GRAN PORTE




Promulgación: 11/09/2013
Publicación: 25/09/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 804

CAPÍTULO I
MINERÍA DE GRAN PORTE

Artículo 5

 (Buenas prácticas mineras).- La Minería de Gran Porte deberá guiarse por
las mejores prácticas mineras internacionales, incluyendo en su gestión
social y ambiental mecanismos para la participación de los actores
involucrados, de acuerdo a los principios enunciados en la Declaración de
Río de Janeiro sobre Medio Ambiente y Desarrollo de junio de 1992,
ratificados por el Acuerdo Marco sobre Medio Ambiente del MERCOSUR (Ley N°
17.712, de 27 de noviembre de 2003).
Cométese al Poder Ejecutivo la adecuación de la normativa reglamentaria a
los mejores estándares internacionales disponibles para la actividad
minera.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 81.
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