REGULACION DEL ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PUBLICO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 20/08/2013
Publicación: 28/08/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 473
Ver: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 227 (interpretativo).
Referencias a toda la norma

TÍTULO I
DE LOS FUNCIONARIOS PRESUPUESTADOS Y CONTRATADOS DEL PODER EJECUTIVO
CAPÍTULO II CONDICIONES DE TRABAJO, DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES, PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES

Artículo 20

 (Hogar constituido).- Los funcionarios casados, o en concubinato
reconocido judicialmente, o con familiares a cargo hasta el segundo grado
de consanguinidad inclusive, tendrán derecho a percibir una prima por
hogar constituido.
La presente prima no podrá abonarse a más de un funcionario público que
integre el mismo núcleo familiar.
El presente beneficio se ejercerá en las condiciones establecidas en la
normativa específica de la materia.
Referencias al artículo
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