FIJACION DE DISPOSICIONES RELATIVAS AL TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL




Promulgación: 06/01/2013
Publicación: 22/01/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 47
Reglamentada por: Decreto Nº 81/014 de 03/04/2014.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO IV
DE LOS DISPOSITIVOS Y ELEMENTOS DE SEGURIDAD PASIVA Y ACTIVA PARA
CICLISTAS Y MOTOCICLISTAS

Artículo 7

 A partir de los ciento ochenta días de la promulgación de la presente
ley, será obligatorio para los conductores y acompañantes de motos,
ciclomotores, motocicletas, cuadriciclos o similares, el uso permanente
durante su circulación en todas las vías públicas, de un chaleco o campera
reflectivos o, en su defecto, bandas reflectivas que cumplan con las
exigencias técnicas de reflexión de acuerdo con lo que fije la
reglamentación.
Referencias al artículo
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