FIJACION DEL MARCO LEGAL DE LOS MUSEOS




Promulgación: 28/12/2012
Publicación: 07/01/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 2011
Reglamentada por: Decreto Nº 295/014 de 14/10/2014.

TÍTULO II
CREACIÓN DEL CONSEJO DE MUSEOS Y DEL REGISTRO NACIONAL DE MUSEOS Y                        COLECCIONES MUSEOGRÁFICAS
CAPÍTULO I DEL CONSEJO DE MUSEOS

Artículo 10

 El Consejo de Museos estará integrado por un total de diez miembros de
carácter honorario:
-     Un representante designado por el Ministerio de Educación y Cultura,
      que lo presidirá.
-     Un representante designado por el Ministerio de Economía y Finanzas.
-     Un representante designado por el Ministerio de Turismo y Deporte.
-     Un representante designado por la Administración Nacional de
      Educación Pública.
-     Un representante designado por la Universidad de la República.
-     Tres representantes por los museos departamentales de todo el
      territorio nacional designados por el Congreso de Intendentes.
-     Un representante designado por los museos privados.
-     Un representante designado por los institutos privados de la
      Educación.
Ayuda