MODIFICACION DEL SISTEMA DE AJUSTE DE LOS MONTOS MINIMOS Y MAXIMOS DE LAS PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 16/11/2012
Publicación: 23/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1397
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Los montos fijados de conformidad con el artículo 1° de la presente ley,
en lo sucesivo, se reajustarán en base al criterio establecido, en las
mismas oportunidades en que se dispongan ajustes en las remuneraciones de
los funcionarios públicos de la Administración Central (artículo 4° de la
Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4 (vigencia).
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