SECCIÓN V
ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 27
INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY
Artículo 263
Increméntase, en el Inciso 27 "Instituto del Niño y Adolescente del
Uruguay", programa 400 "Políticas Transversales de Desarrollo Social",
con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", el crédito
presupuestal del grupo 0 "Servicios Personales", incluidos aguinaldo y
cargas legales, para los conceptos, ejercicios y en los montos en moneda
nacional que se detallan a continuación:
Concepto 2013 2014
Rectoría, técnicos y supervisores 13.765.246 27.530.490
Creación Subdirectores Departamentales
y Regionales 4.949.731 9.899.462
Incremento carga horaria técnicos 10.823.648 21.647.296
Técnicos Tecnología de la Información 1.640.188 3.280.377
Complemento partidas variables 13.821.187 27.642.375
Total 45.000.000 90.000.000
El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay distribuirá las
partidas asignadas por el presente artículo, efectuando las comunicaciones
previstas en el artículo 441 de la Ley N° 17.930, de 19 de diciembre de
2005. (*)