APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V
ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 17 TRIBUNAL DE CUENTAS

Artículo 251

   Increméntase en el Inciso 17 "Tribunal de Cuentas", la partida asignada
en el artículo 652 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en $
1.500.000 (un millón quinientos mil pesos uruguayos), incluidos aguinaldo
y cargas legales para los ejercicios 2013 y 2014. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Ayuda