APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 15 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Artículo 241

   Increméntase en el Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social",
programa 401 "Red de Asistencia e Integración Social", unidad ejecutora
001 "Dirección General de Secretaría", la suma de $ 18.314.228 (dieciocho
millones trescientos catorce mil doscientos veintiocho pesos uruguayos),
incluidos aguinaldo y cargas legales, a efectos de disminuir las
inequidades retributivas en el marco del proceso de reestructura
correspondiente, con informe previo y favorable de la Oficina Nacional del
Servicio Civil, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la
Contaduría General de la Nación. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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