APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 172

   Los funcionarios presupuestados pertenecientes a la unidad ejecutora
015 "Dirección General de la Biblioteca Nacional" del Inciso 11
"Ministerio de Educación y Cultura" y los funcionarios de otras
dependencias del Inciso que al 31 de diciembre de 2011 se desempeñaban en
régimen de comisión de servicio en dicha unidad ejecutora, quedarán
comprendidos en la compensación especial establecida en el inciso primero
del artículo 516 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.
   Increméntase en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura",
unidad ejecutora 015 "Dirección General de la Biblioteca Nacional",
programa 280 "Bienes y Servicios Culturales", objeto del gasto 042.520
"Compensación Especial por cumplir tareas específicas", en la suma de $
569.018 (quinientos sesenta y nueve mil dieciocho pesos uruguayos)
anuales, más el aguinaldo y cargas legales correspondientes, Financiación
1.1 "Rentas Generales".

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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