APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 10 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Artículo 167

   Los créditos presupuestales que se asignen a inversiones en el Inciso
24 "Diversos Créditos", unidad ejecutora 010 "Ministerio de Transporte y
Obras Públicas", estarán comprendidos en los montos máximos de ejecución
establecidos en el artículo 490 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre
de 2010. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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