SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 10
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Artículo 167
Los créditos presupuestales que se asignen a inversiones en el Inciso
24 "Diversos Créditos", unidad ejecutora 010 "Ministerio de Transporte y
Obras Públicas", estarán comprendidos en los montos máximos de ejecución
establecidos en el artículo 490 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre
de 2010. (*)