(Consentimiento de mujeres declaradas incapaces).- Si se tratara de una
mujer declarada incapaz judicialmente, se requerirá el consentimiento
informado de su curador y venia judicial del Juez competente del domicilio
de la incapaz que -previa vista al Ministerio Público- evaluará la
conveniencia del otorgamiento de la misma, respetando siempre el derecho
de la mujer a procrear si el motivo de su incapacidad no le impidiere
tener descendencia.