LEY SOBRE INTERRUPCION VOLUNTARIA DEL EMBARAZO. LEY DEL ABORTO




Promulgación: 22/10/2012
Publicación: 30/10/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1125
Reglamentada por: Decreto Nº 375/012 de 22/11/2012.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - CIRCUNSTANCIAS, PLAZOS Y REQUISITOS

Artículo 2

 (Despenalización).- La interrupción voluntaria del embarazo no será
penalizada y en consecuencia no serán aplicables los artículos 325 y 325
bis del Código Penal, para el caso que la mujer cumpla con los requisitos
que se establecen en los artículos siguientes y se realice durante las
primeras doce semanas de gravidez.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3, 6, 10 y 15 (vigencia).
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