APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2010




Promulgación: 04/11/2011
Publicación: 17/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1068
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 29 ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

Artículo 256

 Los ingresos a la Administración de los Servicios de Salud del Estado
(ASSE) se realizarán mediante contrataciones provisorias por el término de
dieciocho meses, las que se financiarán con los créditos habilitados para
las vacantes correspondientes, pudiendo ser rescindidas en cualquier
momento por resolución fundada de la autoridad competente.
Transcurrido el plazo del inciso anterior y previa evaluación favorable,
el contratado será incorporado en un cargo presupuestado. La no aprobación
de la evaluación determinará la rescisión automática del provisoriato.
La Administración de los Servicios de Salud del Estado reglamentará el
mecanismo de selección de los recursos humanos aspirantes a ser
contratados en el presente régimen de provisoriato.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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