APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2010




Promulgación: 04/11/2011
Publicación: 17/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1068
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 25 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Artículo 245

 Asígnase a la Administración Nacional de Educación Pública, Inciso 25, a
partir del 1° de enero de 2011, una partida presupuestal de $ 237:900.000
(doscientos treinta y siete millones novecientos mil pesos uruguayos), a
valores del 1° de enero de 2011, en Servicios Personales, Financiación
Rentas Generales, a fin de solventar las necesidades derivadas del
crecimiento de la matrícula, la apertura de nuevos grupos, cursos y
carreras y solventar la estabilidad y permanencia de los docentes de
educación media en los centros educativos, de acuerdo con el artículo 41
de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008 (Ley General de
Educación).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Ayuda