APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2010




Promulgación: 04/11/2011
Publicación: 17/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1068
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 12 MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 213

 Aplícase al Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública" lo dispuesto en el
literal A) del inciso primero del artículo 719 de la Ley N° 18.719, de 27
de diciembre de 2010, en cuanto a otorgar altas por bajas en igual
función, previa realización de llamado, sin que implique costo
presupuestal.
Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la
promulgación de la presente ley y cesará cuando se aprueben las
designaciones de los titulares de los puestos de trabajo resultantes de la
reestructura del Inciso o cuando finalice el plazo contractual, en caso de
que no se hubieren completado las referidas reestructuras.
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