SECCION V
ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 29
ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
Artículo 734
Asígnase a la Administración de los Servicios de Salud del Estado,
programa "Atención Integral a la Salud", una partida anual de $ 70.000.000
(setenta millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2011 con
destino a gastos de funcionamiento del Hospital de Clínicas en el marco
del Convenio Hospital de Clínicas ASSE.