PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION V
ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 29 ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

Artículo 733

 Increméntase en el Inciso 24 "Diversos Créditos", con destino a la
Administración de los Servicios de Salud del Estado, programa 343
"Formación y Capacitación", la partida destinada a la Formación y
Fortalecimiento de los Recursos Humanos de los Servicios de Salud en $
105.000.000 (ciento cinco millones de pesos uruguayos) para el ejercicio
2011, y en $ 150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos uruguayos)
anuales a partir del ejercicio 2012. Los créditos autorizados en la
presente norma serán ejecutados a través de la Comisión de Apoyo de la
Administración de los Servicios de Salud del Estado.
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