SECCION V
ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 16
PODER JUDICIAL
Artículo 642
Créanse en el Poder Judicial, los siguientes cargos de Mediador, con
destino a la creación de diez Centros de Mediación:
Cantidad Escalafón Grado Denominación Vigencia
10 IV 11 Mediador 01.01.2012
6 IV 11 Mediador 01.01.2013
4 IV 11 Mediador 01.01.2014