PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 15 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Artículo 623

 Créanse en el Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social", programa 401
"Red de Asistencia e Integración Social", unidad ejecutora 001 "Dirección
General de Secretaría", veinte cargos A 4 Asesor X, Ciencias Sociales, con
destino a las Oficinas Territoriales. Increméntase el grupo 0
"Retribuciones Personales", financiación 1.1 "Rentas Generales", en $
6.848.792 (seis millones ochocientos cuarenta y ocho mil setecientos
noventa y dos pesos uruguayos) a efectos de financiar los cargos creados y
las compensaciones de los mismos.
Increméntase a partir del ejercicio 2012 el grupo 0 "Retribuciones
Personales", financiación 1.1 "Rentas Generales", en $ 6.719.359 (seis
millones setecientos diecinueve mil trescientos cincuenta y nueve pesos
uruguayos) a efectos de realizar las contrataciones de personal que se
consideren imprescindibles para cumplir las funciones que se crean hasta
la aprobación de la reestructura organizativa y de cargos del Inciso.
Estos créditos serán utilizados para la financiación de dicha
reestructura, por lo que una vez aprobada la misma la Contaduría General
de la Nación realizará las trasposiciones pertinentes.

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 9 (interpretativo).
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