PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 541

 Créase en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", unidad
ejecutora 019, "Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación",
programa 200 "Asesoramiento, Cooperación y Representación" la Fiscalía
Letrada Nacional especializada en violencia doméstica y procesos de
protección de los derechos amenazados o vulnerados de niños y
adolescentes.
Asígnase una partida anual con cargo a la financiación 1.1 "Rentas
Generales" de $ 5:000.000 (cinco millones de pesos uruguayos) a la unidad
ejecutora 019, con destino a financiar los recursos humanos y gastos de
funcionamiento e inversión de la nueva Fiscalía. El Poder Ejecutivo
dispondrá de 180 (ciento ochenta) días desde la vigencia de la presente
ley, para distribuir la partida asignada, aprobando la estructura de
puestos de trabajo con el asesoramiento de la Oficina Nacional del
Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación y la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, dando cuenta a la Asamblea General.
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