SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 503
Asígnanse en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", unidad
ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", con destino a
otorgamiento de becas de estudio, de acuerdo con lo establecido en el
literal E) del artículo 91 y en el artículo 112 de la Ley N° 18.437, de 12
de diciembre de 2008, las siguientes partidas: $ 20.000.000 (veinte
millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2011, $ 40.000.000
(cuarenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2012, $
60.000.000 (sesenta millones de pesos uruguayos), para el ejercicio 2013 y
$ 90.000.000 (noventa millones de pesos uruguayos), para el ejercicio
2014. A los efectos de esta asignación será de aplicación lo dispuesto por
la Ley N° 18.104, de 15 de marzo de 2007.