PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 503

 Asígnanse en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", unidad
ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", con destino a
otorgamiento de becas de estudio, de acuerdo con lo establecido en el
literal E) del artículo 91 y en el artículo 112 de la Ley N° 18.437, de 12
de diciembre de 2008, las siguientes partidas: $ 20.000.000 (veinte
millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2011, $ 40.000.000
(cuarenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2012, $
60.000.000 (sesenta millones de pesos uruguayos), para el ejercicio 2013 y
$ 90.000.000 (noventa millones de pesos uruguayos), para el ejercicio
2014. A los efectos de esta asignación será de aplicación lo dispuesto por
la Ley N° 18.104, de 15 de marzo de 2007.
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