SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 09
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
Artículo 431
Increméntanse en $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) anuales
las asignaciones presupuestales destinadas a gastos de inversión del
Inciso 09 "Ministerio de Turismo y Deporte", unidad ejecutora 001
"Dirección General de Secretaría", programa 320 "Fortalecimiento de la
Base Productiva de Bienes y Servicios" y programa 400 "Políticas
Transversales de Desarrollo Social", las que se atenderán con cargo a la
financiación 1.1 "Rentas Generales", distribuyéndose entre los proyectos
que se mencionan, por los importes en moneda nacional que se indican:
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Ley Nº 18.719 de
27/12/2010.