SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 07
MINISTERIO DE GANADERIA AGRICULTURA Y PESCA
Artículo 363
Autorízase al Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", a
que las unidades ejecutoras que correspondan, por razones de servicio
debidamente acreditadas, dispongan, dictando resolución fundada, la
asignación del uso de vehículos oficiales o el traslado de personas, para
el estricto cumplimiento de los cometidos asignados, independientemente
del vínculo contractual que ostenten las mismas con el Estado y cumpliendo
con todos los requisitos exigibles a los funcionarios públicos a esos
efectos.