PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION II
FUNCIONARIOS

Artículo 33

 El Poder Ejecutivo con el asesoramiento de la Oficina Nacional del
Servicio Civil reglamentará el régimen de redistribución de la presente
ley, dentro del plazo de ciento ochenta días a partir de la promulgación
de la presente ley.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 435/011 de 08/12/2011.
Ver en esta norma, artículos: 34 y 468.
Referencias al artículo
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