SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 05
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Artículo 322
El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas,
previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil,
aprobará el estatuto de los funcionarios de la Dirección General de
Casinos, a los efectos de su envío a la Asamblea General para su
consideración, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59 de la
Constitución de la República.