PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 278

   Increméntanse las siguientes partidas en el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", a efectos de financiar las contrataciones de personal que se considere imprescindible hasta la aprobación de la reestructura organizativa y de puestos de trabajo del Inciso, de acuerdo con el siguiente detalle, en moneda nacional:

UE      2011          2012           2013           2014
001     6:200.000     18:318.000     34:818.000     34:8 18.000

La Dirección General de Secretaría distribuirá dicha partida entre las
diferentes unidades ejecutoras, de acuerdo con las necesidades planteadas.
Los créditos del grupo 0 "Servicios Personales" de la unidad ejecutora 007
"Dirección Nacional de Aduanas", serán complementados además, con las
asignaciones presupuestales de todas las financiaciones habilitadas en el
planillado anexo para el Proyecto de Modernización de la Dirección
Nacional de Aduanas, a partir del ejercicio 2011, así como con las
habilitadas para contratación de becarios y pasantes que serán
consideradas para el proyecto de reestructura del organismo. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 133.
Ver vigencia: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 2.
Ver: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 9 (interpretativo del inciso 
1º).

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 278.
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