PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 2

 Los créditos establecidos para gastos corrientes, inversiones, subsidios
y subvenciones están cuantificados a valores de 1° de enero de 2010,
responden a las proyecciones de evolución de variables macroeconómicas
contenidas en el anexo informativo "Exposición de Motivos" que acompaña la
presente ley, y se ajustarán en la forma dispuesta por los artículos 68,
69, 70 y 82 de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986, y sus
modificativas. (*)

La estructura de cargos y contratos de función pública se consideran al 31
de mayo de 2010 y a valores de 1° de enero de 2010. La asignación a
programas de los cargos y funciones contratadas, se realiza al solo efecto
de la determinación del costo de los programas, pudiendo reasignarse los
mismos entre los programas durante la ejecución presupuestal, no
implicando cambios en la estructura de cargos de la unidad ejecutora.

Autorízase a la Contaduría General de la Nación a efectuar modificaciones
que surjan de disposiciones anteriores a la fecha de la presente ley, así
como las que resulten pertinentes por su incidencia en ésta.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 81.
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