PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 167

 Disminúyese en $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos uruguayos) el
proyecto de inversión 893 "Complejo Carcelario y Equipamiento" de la
unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", programa
461 "Gestión de la privación de libertad" del Inciso 04 "Ministerio del
Interior".

Increméntase en igual monto el grupo 0 "Retribuciones Personales", de la
unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del Inciso 03
"Ministerio de Defensa Nacional", destinándose a financiar a partir del
ejercicio 2011 un incremento adicional al previsto en el artículo 163 de
la presente ley.

El incremento financiado por la presente norma para el ejercicio 2011, se
distribuirá como una partida equivalente que comprenda a todo el personal
contemplado en el artículo 163 de la presente ley, en los grados de
Soldado de 1ra. a Alférez y grados equivalentes.

Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos
entre los objetos y unidades ejecutoras correspondientes. La reasignación
de créditos tendrá carácter permanente en los objetos y unidades
ejecutoras de destino.
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