SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 02
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 140
Increméntanse los créditos presupuestales anuales, en moneda nacional, de la unidad ejecutora 009 "Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones" del Inciso 002 "Presidencia de la República" para los años y conceptos que se detallan:
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Ley Nº 18.719 de
27/12/2010.