LEY MARCO DE DEFENSA NACIONAL




Promulgación: 19/02/2010
Publicación: 08/03/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 338
Referencias a toda la norma

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 28

 Dispónese que sólo los militares pueden ser responsables del delito
militar.
Los delitos comunes cometidos por militares en tiempo de paz, cualquiera
sea el lugar donde se cometan, estarán sometidos a la justicia ordinaria.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 31.
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