DOCUMENTO ELECTRONICO Y FIRMA ELECTRONICA. ADMISIBILIDAD, VALIDEZ Y EFICACIA




Promulgación: 21/09/2009
Publicación: 05/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 839
Reglamentada por:
      Decreto Nº 276/013 de 03/09/2013,
      Decreto Nº 36/012 de 08/02/2012,
      Decreto Nº 436/011 de 08/12/2011.
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - FIRMANTE O SIGNATARIO

Artículo 25

 (Derechos del firmante o signatario).- El firmante o signatario tiene los
siguientes derechos:
A) A ser informado por el prestador de servicios de certificación
   acreditado, con carácter previo a la emisión del certificado
   reconocido, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2) del artículo
   18.
B) A que el prestador de servicios de certificación acreditado emplee los
   elementos técnicos disponibles para brindar seguridad y
   confidencialidad a la información proporcionada por él y a ser
   informado sobre ello.
C) A que el prestador de servicios de certificación acreditado le informe
   sobre su domicilio en la República Oriental del Uruguay y sobre los
   medios a los que puede acudir para solicitar aclaraciones, dar cuenta
   del mal funcionamiento del sistema o presentar sus reclamos.
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