LEY DE ABREVIACION DE LOS JUICIOS LABORALES




Promulgación: 13/09/2009
Publicación: 08/10/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 726
Ver vigencia: Ley Nº 18.623 de 13/11/2009 artículo 1.
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - PROCESO LABORAL ORDINARIO

Artículo 9

 (Traslado, emplazamiento y contestación de la demanda).- Interpuesta la demanda en forma, el Tribunal decretará el traslado y emplazamiento al demandado.

El demandado contestará por escrito en la forma prevista en el artículo 
130 del Código General del Proceso, dentro del término de 15 (quince) 
días debiendo oponer al mismo tiempo, si las tuviere, todas las 
excepciones referidas en el artículo 133 del Código General del 
Proceso. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.847 de 25/11/2011 artículo 3.
Ver en esta norma, artículo: 21.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.572 de 13/09/2009 artículo 9.
Ayuda