LEY GENERAL DE EDUCACION




Promulgación: 12/12/2008
Publicación: 16/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2959
Reglamentada por:
      Decreto Nº 294/013 de 11/09/2013,
      Decreto Nº 334/009 de 20/07/2009.
Referencias a toda la norma

TITULO II
SISTEMA NACIONAL DE EDUCACION
CAPITULO II LA EDUCACION FORMAL

Artículo 24

 (De la educación inicial).- La educación inicial tendrá como cometido
estimular el desarrollo afectivo, social, motriz e intelectual de los
niños y niñas de tres, cuatro y cinco años. Se promoverá una educación
integral que fomente la inclusión social del educando, así como el
conocimiento de sí mismo, de su entorno familiar, de la comunidad y del
mundo natural.
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