LEY SOBRE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA




Promulgación: 01/12/2008
Publicación: 10/12/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2683
Reglamentada por: Decreto Nº 293/010 de 30/09/2010.
Referencias a toda la norma
                                                             

CAPITULO I - DE LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS

Artículo 1

 (Deberes del Estado).- El Estado garantizará condiciones para el
ejercicio pleno de los derechos sexuales y reproductivos de toda la
población. A tal efecto, promoverá políticas nacionales de salud sexual y
reproductiva, diseñará programas y organizará los servicios para
desarrollarlos, de conformidad con los principios y normas que se
establecen en los artículos siguientes.
Referencias al artículo

TABARE VAZQUEZ - MARIA JULIA MUÑOZ
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