LEY DE COOPERATIVAS. REGULACION, CONSTITUCION, ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 14/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2032
Reglamentada por:
      Decreto Nº 113/022 de 07/04/2022,
      Decreto Nº 208/020 de 23/07/2020,
      Decreto Nº 183/018 de 15/06/2018,
      Decreto Nº 198/012 Derogada/o de 18/06/2012.
Referencias a toda la norma

Artículo 82

 (Federaciones y confederaciones).- Para la defensa y la promoción de sus
intereses en cuanto cooperativas, éstas podrán asociarse libre y
voluntariamente en federaciones y confederaciones de cooperativas, sin
perjuicio de poder promover cualquier otra fórmula asociativa, de acuerdo
con la legislación general reguladora del derecho de asociación.
Corresponde a las federaciones y confederaciones de cooperativas:
A)     Representar a los miembros que se asocien de acuerdo con lo que
       establezcan sus estatutos.
B)     Procurar la conciliación de los conflictos surgidos entre sus
       entidades asociadas, cuando éstas lo soliciten.
C)     Organizar servicios de asesoramiento, asistencia jurídica, contable
       y técnica y cuantos sean convenientes a los intereses de sus
       socios.
D)     Fomentar la promoción, formación y educación cooperativa.
E)     Colaborar con los organismos competentes en la materia cooperativa.
F)     Ejercer cualquier otra actividad de naturaleza análoga.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 111.
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