LEY DE COOPERATIVAS. REGULACION, CONSTITUCION, ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 14/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2032
Reglamentada por:
      Decreto Nº 113/022 de 07/04/2022,
      Decreto Nº 208/020 de 23/07/2020,
      Decreto Nº 183/018 de 15/06/2018,
      Decreto Nº 198/012 Derogada/o de 18/06/2012.
Referencias a toda la norma

SECCION IV - RESERVAS LEGALES, ESTATUTARIAS Y VOLUNTARIAS

Artículo 62

 (Definición).- Las reservas son recursos provenientes de los excedentes
netos de gestión aprobados por la Asamblea General, que tienen como
finalidad el acrecentamiento del patrimonio social y podrán ser
constituidas por disposiciones legales, estatutarias o por voluntad de la
Asamblea General.
Las reservas son irrepartibles, pudiendo solamente afectarse para absorber
pérdidas, y cuando se disminuyan por esta causa no se podrán aprobar
distribuciones de excedentes hasta su recomposición.

                                
Referencias al artículo
Ayuda