LEY DE COOPERATIVAS. REGULACION, CONSTITUCION, ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 14/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2032
Reglamentada por:
      Decreto Nº 113/022 de 07/04/2022,
      Decreto Nº 208/020 de 23/07/2020,
      Decreto Nº 183/018 de 15/06/2018,
      Decreto Nº 198/012 Derogada/o de 18/06/2012.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 (Denominación).- La denominación de la entidad incluirá necesariamente la
palabra "Cooperativa" o su abreviatura "Coop.", con el agregado de la
palabra "Suplementada" en los casos en que la responsabilidad de la
cooperativa sea tal, e indicará la naturaleza de la actividad principal.
El empleo del vocablo "cooperativa", o el de "cooperación" o sus
derivados, ya sea como denominación, marca o nombre comercial, queda
prohibido a toda persona que no se ajuste a las disposiciones de la
presente ley.
La denominación no podrá ser igual o semejante a la de otra cooperativa
preexistente.
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