LEY DE COOPERATIVAS. REGULACION, CONSTITUCION, ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 14/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2032
Reglamentada por:
      Decreto Nº 113/022 de 07/04/2022,
      Decreto Nº 208/020 de 23/07/2020,
      Decreto Nº 183/018 de 15/06/2018,
      Decreto Nº 198/012 Derogada/o de 18/06/2012.
Referencias a toda la norma

Artículo 21

 (Deberes).- Sin perjuicio de los demás que se establezcan en la presente
ley y en el estatuto, los socios tendrán los siguientes deberes:
A) Cumplir con sus obligaciones sociales y económicas.
B) Desempeñar los cargos para los que fueren electos, salvo justa
   causa de excusa.
C) Respetar y cumplir el estatuto, reglamentos y resoluciones de los
   distintos órganos de la cooperativa.
D) Participar en las actividades que desarrolla la cooperativa para el
   cumplimiento de su objeto social.
E) Ser responsable por el uso y destino de la información de la
   cooperativa.
Referencias al artículo
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