CREACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 10/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2022
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - ORGANIZACION

Artículo 8

 (Director General).- El Director Nacional de Empleo del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, o quien éste designe, presidirá el Consejo
Directivo, en carácter de Director General del Instituto Nacional de
Empleo y Formación Profesional.
Son atribuciones del Director General:
A) Presidir el Consejo Directivo, dirigir las sesiones, cumplir y hacer
cumplir las normas y las resoluciones que se adopten.
B) Representar al Instituto.
C) Representar al Consejo Directivo, cuando corresponda.
D) Preparar y someter a consideración del Consejo Directivo los proyectos
que estime convenientes.
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