Extiéndense las facultades otorgadas a la Corte Electoral por la Ley Nº
17.956, de 27 de marzo de 2006, a fin de contar con norma legal que
habilite al citado organismo a retribuir la mayor permanencia de su
personal en el desarrollo de las tareas relativas a la elección de las
Asambleas Técnico Docentes de la Administración Nacional de Educación
Pública, a celebrarse próximamente.