LEY DE PROCESO CONCURSAL




Promulgación: 23/10/2008
Publicación: 03/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1860
Referencias a toda la norma

Artículo 84

 (Prescripción).- Las acciones revocatorias a que se refieren los
artículos anteriores prescribirán a los dos años de la declaración del
concurso.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 255 (vigencia).
Ayuda