LEY DE PROCESO CONCURSAL




Promulgación: 23/10/2008
Publicación: 03/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1860
Referencias a toda la norma

Artículo 226

 (Oposición a la aprobación del acuerdo).- Dentro de los veinte días
contados desde la última publicación del auto de admisión, podrán oponerse
a la aprobación judicial del acuerdo los acreedores quirografarios o
subordinados del deudor, con excepción de aquellos que lo hubieran
suscripto. Serán causas de oposición las establecidas en el artículo 220.


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 227 y 255 (vigencia).
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