LEY DE PROCESO CONCURSAL




Promulgación: 23/10/2008
Publicación: 03/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1860
Referencias a toda la norma

Artículo 137

 (Separación de los miembros de la Comisión de Acreedores).- Cuando exista
justa causa, el Juez, actuando de oficio o a petición de cualquiera de las
personas legitimadas para solicitar la declaración de concurso, del
síndico o del interventor, podrá separar del cargo a los miembros de la
Comisión de Acreedores.


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 255 (vigencia).
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