LEY DE PROCESO CONCURSAL




Promulgación: 23/10/2008
Publicación: 03/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1860
Referencias a toda la norma

Artículo 136

 (Funcionamiento de la Comisión de Acreedores).- La Comisión de Acreedores
tendrá los cometidos que le asigna la presente ley, adoptando sus
decisiones por mayoría de sus integrantes.
El régimen de organización y funcionamiento de la Comisión de Acreedores
será establecido por la propia Comisión y, si no existiera acuerdo, por el
Juez del concurso.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 255 (vigencia).
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