LEY DE PROCESO CONCURSAL




Promulgación: 23/10/2008
Publicación: 03/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1860
Referencias a toda la norma

Artículo 131

 (Elección de los miembros de la Comisión de Acreedores).- Cada uno de los
miembros titulares y suplentes de la Comisión de Acreedores se elegirá
mediante votación.
Serán elegidos miembros titulares de la Comisión de Acreedores aquellos
tres acreedores que obtengan un voto favorable representativo de mayor
proporción del pasivo quirografario.
Serán elegidos miembros suplentes de la Comisión de Acreedores, por su
orden, los acreedores que le sigan en la votación.
Cada acreedor votará asignando el importe de su participación en el pasivo
quirografario de la masa pasiva a los candidatos, pudiendo optar por
adjudicar todo el monto de su crédito a uno solo o distribuirlo entre
varios.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 255 (vigencia).
Ayuda