APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 15/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1210
Referencias a toda la norma

SECCION VI - OTROS INCISOS
INCISO 21 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES

Artículo 476

 Facúltase al Poder Ejecutivo, una vez cumplido lo dispuesto por el
artículo 16 de la Ley Nº 18.125, de 27 de abril de 2007, a financiar con
cargo al Inciso 21 "Subsidios y Subvenciones" Financiación 1.1 "Rentas
Generales", el déficit que se genere en la Agencia Nacional de Vivienda
hasta tanto se culmine con el proceso de reestructura del Banco
Hipotecario del Uruguay, y la consiguiente transferencia de activos,
pasivos y recursos humanos.

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