SECCION VI - OTROS INCISOS INCISO 21 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
Artículo 475
Fíjanse las partidas establecidas en los artículos 445 y 446 de la Ley N°
17.930, de 19 de diciembre de 2005, con las modificaciones establecidas en
el artículo 34 de la Ley N° 18.046, de 24 de octubre de 2006, y en los
artículos 298 y 299 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, en los
siguientes montos:
Organismo
INSTITUCION de Partida
Referencia Anual
Acción Coordinadora y
Reivindicadora del Impedido MIDES 500.000
del Uruguay (ACRIDU)
Asociación Civil Olimpíadas
Especiales del
Uruguay MIDES 200.000
Asociación de Discapacitados
de Barros Blancos MIDES 50.000
Asociación de Padres y Amigos
del Discapacitado
de MIDES 80.000
Asociación de Padres y Amigos
del Discapacitado
de MIDES 140.000
Tacuarembó
Asociación de Padres y Amigos
Discapacitados de
Rivera MIDES 80.000
Asociación del Seropositivo MSP 200.000
Asociación Down MIDES 330.000
Asociación François-Xavier
Bagnoud (FXB) MIDES 200.000
Asociación Honoraria de
Salvamentos Marítimos y MDN 570.000
Fluviales (ADES)
Asociación Nacional para el
Niño Lisiado MIDES 950.000
Asociación Nueva Voz MSP 50.000
Asociación Pro Discapacitado
Mental de Paysandú MIDES 300.000
Asociación Pro Recuperación
del Inválido MIDES 200.000
Asociación Uruguaya Catalana MIDES 400.000
Asociación Uruguaya de Alzheimer
y similares MSP 80.000
Asociación Uruguaya de
Enfermedades Musculares MSP 640.000
Asociación Uruguaya de Escuelas
Familiares
Agrarias MGAP 200.000
Asociación Uruguaya de Lucha
contra el Cáncer MSP 100.000
Asociación Uruguaya de Padres MSP /
de Personas
con Autismo Infantil MIDES 180.000
Asociación Uruguaya de Protección
a la Infancia INAU 220.000
Beca Carlos Quijano MEC 300.000
Biblioteca Pública y Popular de Juan
Lacaze "José
Enrique Rodó" MEC 100.000
Centro de Educación
Individualizada MIDES 120.000
Centro Educativo de Atención a la
Psicosis
Infantil: N. Autist. Salto MSP / 330.000
MIDES
Centro Educativo para Niños
Autistas de Young MSP / 220.000
MIDES
Club de Niños "Cerro del Marco"
(Rivera) MIDES 80.000
Centro Integral de Atención a Personas
Vulnerables ANEP 50.000
Comisión Nacional Honoraria del
Discapacitado MIDES 1:700.000
Comisión Departamental de Lucha
contra el Cáncer
(Treinta y Tres) MSP 220.000
Comisión Honoraria de la
Juventud Rural MGAP 110.000
Comisión Nacional de Centros de
Atención a la INAU 720.000
Infancia y a la Familia (CAIF)
Comisión Nacional del Uruguay para
la UNESCO MEC 500.000
Comisión Pro Remodelación del
Hospital Maciel MSP 280.000
Comité Paralímpico Uruguayo MIDES 320.000
COTHAIN MIDES 80.000
Cruz Roja Uruguaya MSP 400.000
Esclerosis Múltiple del
Uruguay (EMUR) MSP 100.000
Escuela Granja Nº 24 Maestro
Cándido Villar (San
Carlos) ANEP 80.000
Escuela Horizonte MIDES 2:000.000
Escuela Nº 200 de
Discapacitados ANEP 130.000
Escuela Nº 97 Discapacitados
de Salto ANEP 80.000
Federación Uruguaya de
Asociación de Padres y
Personas de Capacidades
Mentales Diferentes MIDES 130.000
Fundación Procardias MSP 1:230.000
Fundación Winners MIDES 80.000
Hogar Infantil Los Zorzales
Movimiento de Mujeres
de San Carlos MIDES 80.000
Hogar La Huella MIDES 150.000
Club pro Bienestar del
Anciano Juan Yaport MIDES 60.000
Instituto Canadá de
Rehabilitación MIDES 170.000
Instituto Histórico y
Geográfico del Uruguay MEC 50.000
Instituto Jacobo Zivil -
Florida MIDES 550.000
Instituto Nacional de Ciegos MSP 160.000
Instituto Psicopedagógico
Uruguayo MIDES 1:100.000
Liga Uruguaya contra
la Tuberculosis MSP 50.000
Movimiento Nacional de
Recuperación al
Minusválido MIDES 250.000
Obra Don Orione MIDES 350.000
Organización Nacional Pro
Laboral Lisiados MIDES 250.000
Patronato Nacional de
Excarcelados y Liberados MIDES 400.000
Pequeño Cottolengo
Uruguayo Obra Don Orione MIDES 200.000
Plenario Nacional del
Impedido MIDES 160.000
Servicio de Transporte
Adaptado Para Personas con
Movilidad Reducida
de la Comisión Honoraria del
Discapacitado MIDES 550.000
Sociedad El Refugio
(APA) Asociación Protectora
de Animales MGAP 190.000
UDI - 3 de diciembre MIDES 80.000
Voluntarios de
Coordinación Social MIDES 280.000
Agréganse las siguientes instituciones a los fines dispuestos por los
artículos 445 y 446 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, con
las modificaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley Nº 18.046, de
24 de octubre de 2006, y artículos 298 y 299 de la Ley Nº 18.172, de 31 de
agosto de 2007, con las siguientes partidas:
Movimiento de Usuarios de la
Salud Pública MSP 125.000
y Privada
Movimiento participativo
de Usuarios
de los
Servicios de Salud MSP 125.000
Asociación Cristiana de
Jóvenes de San José MIDES 150.000
Comité Olímpico Uruguayo MTyD 100.000
Asociación de Impedidos
Duraznenses (ADID) MIDES 100.000
Hogar de Ancianos de Mariscala MIDES 80.000
Asociación de Apoyo
al Implantado Coclear MSP 60.000
Asociación de Ayuda Integral al MIDES 100.000
Discapacitado Lascanense (AAIDLA)
Academia Nacional de Medicina MSP 230.000
Agréganse las siguientes instituciones a los fines dispuestos por los
artículos 445 y 446 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, con
las modificaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley Nº 18.046, de
24 de octubre de 2006, y artículos 298 y 299 de la Ley Nº 18.172, de 31 de
agosto de 2007, con los montos que se indican, por única vez, para los
ejercicios que se señalan:
INSTITUCION Año 2009 Año 2010
MACOVI - Comisión Caos MEC $ 100.000
Centro de Padres y Amigos de
Discapacitados de Sarandí
del Yí MIDES $ 100.000
STRAI Ex trabajadores de INCUR $ 2:500.000 2:500.000
Fray Bentos
Déjase sin efecto l asignación al Movimiento Gustavo Volpe, institución
comprendida en los fines dispuestos por los artículos 445 y 446 de la Ley
Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, con las modificaciones establecidas
en el artículo 34 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, y en los
artículos 298 y 299 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007.
Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.