APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 15/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1210
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 297

 Encomiéndase al Poder Ejecutivo, a iniciativa del Inciso 11 "Ministerio
de Educación y Cultura" a realizar la reestructura organizativa y de
puestos de trabajo de la Unidad Ejecutora 019, "Fiscalía de Corte y
Procuraduría General de la Nación", Programa 010 "Ministerio Público y
Fiscal" del Inciso 11, "Ministerio de Educación y Cultura" en el marco de
lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de
2007.

El Ministerio de Educación y Cultura deberá incorporar oportunamente, y a
más tardar al 31 de diciembre de 2009, en el marco de la reformulación de
la carrera funcional del Ministerio Público y Fiscal (Unidad Ejecutora
019), a los actuales Secretarios Letrados y Asesores Abogados (Escalafón A
Profesional) dentro del Escalafón N.

Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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